Estos términos son básicos en todo lo que se refiere a la protección del menor y es por ello que se deben tener claros y, sobre todo, ser consciente de la diferencia. Es por esta razón que resultará muy interesante contar las diferentes propuestas en cuyo caso resultarán ampliamente interesantes todas las posibilidades que vayan de la mano de lograr encontrar las máximas propuestas a tener en cuenta.

tutela y curatela de menores

¿Qué es la tutela del menor y qué es la curatela?

La tutela es la patria potestad que los progenitores tienen sobre el menor de edad. En los casos en los que sea imprescindible una protección al menor, el tutor puede perder la tutela, quedando en manos del otro progenitor. También puede suceder que se pierda la tutela por parte de ambos progenitores por cuestiones de abandono infantil, maltrato o situaciones dictadas por la ley.

En estos casos, aparece el concepto de curatela. La curatela consiste en la protección del menor – en este caso ya que se puede dar también a personas con discapacidad, etc -. En todo caso la curatela se da en padres fallecidos o impedidos. A este respecto es diferente que la tutela. La curatela difiere de la tutela en que los jóvenes solo reciben atención sanitaria.

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