La violencia de género conlleva graves sanciones dentro del marco legal actual. El conocimiento de las mismas a título informativo puede ser esencial para que la víctima dé el paso para interponer la denuncia.

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Violencia de género y consecuencias penales

 

Con la llegada de la ley integral de la violencia de género, las penas se diversifican y se tienen muy en cuenta parámetros agravantes o que consigan limitar dichos “castigos”. A los castigos de privación de la libertad existentes hasta el momento se unen ahora otras penas alternativas que se implementan en determinados casos. Obviamente, los casos graves de violencia de género con homicidio o intento de homicidio directos no entran dentro de estas características específicas de algunos casos.

  • Rehabilitación mediante programas de rehabilitación y reaprendizaje de roles saludables de género.
  • Privación de libertad parcial (penas de alejamiento).

El artículo 49 contempla que estas opciones no podrán llevarse a cabo sin el consentimiento del penado.

La privación de la libertad se contempla como la pena más dura en el sistema legislativo español y, no sin razón, en el caso de la violencia de género es implementado en los casos graves en los que hay violencia física reiterada, intentos de homicidio y homicidio. Las penas son variables y están sujetas a lo que el propio juez determine conveniente.  Las penas para los acusados de violencia de género, no obstante, suelen ir desde los 18 meses de cárcel hasta los 5 años si no se trata de violencia de género con homicidio.

imagen cortesía de  Concha García Hernández