Existen numerosas causas penales para que se implementen indemnizaciones y penas por daños y perjuicios. La denuncia puede ser interpuesta en los supuestos que detallamos a continuación.

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Cuándo puede interponer una denuncia por daños y perjuicios

Según queda especificado en el artículo 1101 del Código Civil podrá requerir obligaciones de acreedores que contractual o extracontractualmente hayan causado acción dolosa o culposa. A este respecto se debe tener en cuenta que la compensación por daños y perjuicios suele darse de manera pecuniaria salvo en determinados supuestos en los cuales se procederá a compensaciones concretas adaptadas al caso concreto de la denuncia. Los dos tipos de procedencia de la interposición de esta demanda son del tipo contractual en el caso de que haya un documento escrito que certifique las obligaciones entre ambas partes y del tipo extracontractual en cuyo caso aunque no exista texto escrito con respecto a esta situación si que existe acción dolosa o culposa.

El daño moral es, por otra parte, una circunstancia sensiblemente diferente a las anteriormente citadas puesto que en este caso no se trata de una pérdida patrimonial de lo que hablamos sino que se trata de un hecho que no puede ser resarcido con dinero pero que, sin embargo, tiende a concretarse en cantidad monetarias para el resarcimiento del afectado y del dolor generado o pretium doloris. En todo caso, esta es la causa de retribución económica dentro de los daños y perjuicios más difícilmente compensable, aunque se trata de equiparar en la medida de lo posible el daño causado con la indemnización económica consiguiente.

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