Un repaso a la normativa legal, primero, para que conozca sus derechos, segundo, para que sepa como encarar una posible denuncia por incidentes relacionados con la tasa de alcoholemia.

 Consecuencias de conducir borracho

Información básica sobre alcoholemia

Los límites en la tasa de alcoholemia son 0,25 mg/l en tasa en aire para la población en general. Si usted se dedica a la conducción de manera profesional el índice desciende hasta los 0,15 mg/l así como en el caso de los conductores noveles. 0,25 mg/l de sangre se aproxima a dos cervezas de 25 cl por persona adulta del sexo masculino y una cerveza si es del sexo femenino.

En el momento de realizarse la alcoholemia el usuario tiene derecho a hacerse dos mediciones de alcoholemia con el etilómetro. La segunda medición se dará pasados 10 minutos con respecto a la primera. Esto es porque es posible que se acabe de ingerir alcohol y, medido en aire, esta condición aumenta el nivel de alcohol. Igualmente podemos contrastar los resultados mediante análisis de sangre.

Sanciones penales y administrativas

Las sanciones de tipo penal se dan en los viajeros que han conducido bajo los efectos del alcohol en tasas de alcoholemia de 60 mg/l de sangre. En estos casos, hayan o no siniestros que provengan del consumo de alcohol, la pena es de hasta 6 años o bien de hasta 12 meses de sanción y hasta 3 meses de trabajos forzados. Además de esto se aplican otras medidas como una prohibición de conducir de hasta 4 años.

Las sanciones de tipo administrativo están ligadas a los puntos – la gravedad de la sanción puede suponer la retirada del carnet – o la inmovilización del vehículo en un tiempo variable según la cantidad de alcohol ingerido y otras circunstancias. Mglegal le puede asesorar en el caso de las sanciones penales y administrativas ya que, en muchos casos, se pueden reducir los tiempos de inmovilización o retirada del carnet así como las penas de cárcel.

Imagen cortesía de http://yesabi.blogspot.com/2011/05/que-significa-para-ticonducir-un.html